ARTÍCULO 83 - CUARTO TRIMESTRE 2023
Artículo 83- Fración IV.- Derivado del Dictamen de Tabla de Aplicabilidad CVS/DTA/050/2023 emitido por la Coordinación de Verificación y Seguimiento del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California; a partir del tercer trimestre del 2023 se incorporan como aplicables para este sujeto obligado, los siguientes incisos del artículo 83 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California:
Los sujetos obligados deberán informar al Instituto y verificar que se publiquen en la Plataforma Nacional, cuáles son los rubros que son aplicables a sus páginas de Internet, con el objeto de que éstos verifiquen y aprueben, de forma fundada y motivada, la relación de fracciones correspondientes a cada sujeto obligado. De conformidad con la Tabla de Aplicabilidad de las Obligaciones de Transparencia Comunes validada por el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California, las fracciones XII, XVIII, XXXVI, XLII y XLVII no aplican a este sujeto obligado. Para las fracciones I, II, III, VII, X, XIII, XVI, XVII, XIX, XX, XXVII, XLVIII, el periodo de conservación de la información en el sitio de internet se señala que refiere a la Información Vigente, de acuerdo con la Tabla de actualización y de conservación de la información pública derivada de las obligaciones de transparencia, contenida en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones, en lo referente al plazo mínimo que deberá permanecer disponible y accesible en los portales de Internet la información de los rubros aplicables.