ARTÍCULO 81 - CUARTO TRIMESTRE 2021
Artículo 81.- Los sujetos obligados deberan poner a disposición del público y mantener actualizada conforme a lo establecido por esta Ley, en sus respectivos portales de internet, la información de interés público por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señala:
IV.-Metas y Objetivos de las áreas.
V.-Indicadores de Temas de Interés.
VI.-Indicadores de objetivos y resultados.
VII.-Directorio de servidores públicos.
IX.-Gastos de representación y viáticos.
X.-Número total de las plazas.
XI.-Contrataciones de servicios profesionales por honorarios.
XII.-Declaraciones Patrimoniales.
XIII.-Contacto de la Unidad de Transparencia (6 de octubre de 2016).
XIV.-Convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y sus resultados.
XV.-Programas de subsidios, estímulos y apoyos.
XVI.- Condiciones generales de trabajo.
XVIII.- Sanciones administrativas definitivas.
XIX.- Servicios que se ofrecen.
XXI.- Información financiera sobre el presupuesto asignado.
XXII.- Información relativa a la deuda pública.
XXIII.- Montos designados a comunicación.
XXIV.- Informes de resultados de auditorías.
XXV.- Dictaminación de los estados financieros.
XXVI.- Datos de asignación o permiso de uso de recursos públicos.
XXVII.- Concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones.
XXVIII.- Adjudicación directa, invitación restringida y licitación.
XXXI.- Avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero.
XXXII.- Proveedores y contratistas.
XXXIII.- Convenios de coordinación y concertación.
XXXIV.-El inventario de bienes muebles e inmuebles.
XXXV.-Recomendaciones de derechos humanos.
XXXVI.- Resoluciones y laudos de juicios.
XXXVII.- Mecanismos de participación ciudadana.
XXXVIII.- Programas que se ofrecen.
XXXIX.- Actas y resoluciones del Comité de Transparencia (3 de octubre de 2016).
XL.- Evaluaciones y encuestas.
XLI.-Estudios financiados con recursos públicos.
XLII.-Jubilados y pensionados (28 de septiembre de 2016).
XLIV.-Donaciones hechas a terceros en dinero o en especie.
XLV.-El catálogo de disposición y guía de archivo documental.
XLVI.- Actas de sesiones ordinarias y extraordinarias.
XLVIII.-Otra información de utilidad.
Los sujetos obligados deberán informar al Instituto y verificar que se publiquen en la Plataforma Nacional, cuáles son los rubros que son aplicables a sus páginas de Internet, con el objeto de que éstos verifiquen y aprueben, de forma fundada y motivada, la relación de fracciones correspondientes a cada sujeto obligado.