CONSULTA DE OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA

ARTÍCULO 82 - PRIMER TRIMESTRE 2022



Artículo 82.- Todos los sujetos obligados deberán publicar lo relacionado con los gastos de publicidad oficial, que deberá contener:


I. Presupuesto aprobado por partida y ejercido.

II. Contrato, monto y factura.

III. Fecha de inicio y fecha de término.

IV. Dependencia o dirección que la solicita.

V. Tipo de medio de comunicación.

VI. Costo por centímetro de las publicaciones impresas y por segundo o minuto según sea el caso de la difusiónen medios electrónicos.

VII. Padrón de proveedores.